Ing. Osvaldo Mendez

     
  Ing. Osvaldo Mendez
ASESORAMIENTO INTEGRAL EN SEGURIDAD INDUSTRIAL
                                       
                                                                                                       Mat. Prov. 3937 R.U.G.U. 2366
Bª 9 e julio Mza. 9 Casa 22 (3450) Goya Corrientes
TEL. 03777 15 621278
                          
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LEGISLACION
LABORAL
ART

* Porque genera una MEJORA EN LA PRODUCTIVIDAD DE LA EMPRESA

El cumplimiento de la legislación vigente traerá aparejado una sustancial mejora en la productividad de la empresa ya que al cumplimentar las condiciones de higiene y seguridad laboral se reducirán sustancialmente los siguientes ítems : " Cantidad de accidentes " Cantidad de casos de enfermedades laborales " Cansancio de los trabajadores debido a las mejoras ergonómicas realizadas. Todo esto además de crear un ambiente de reconocimiento por parte del trabajador al sentirse protegido por su empleador, reducirá drásticamente los costos por salarios caídos y costos subyacentes mejorando notablemente la rentabilidad del negocio.

* Porque existe una OBLIGACIÓN LEGAL

Existe a nivel nacional una muy amplia legislación, conformada básicamente por la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo 24.577, Ley de Seguridad e Higiene 19.587 y Dec. 351/79, y legislación complementaria. Concretamente, la ley 19.587 establece las condiciones mínimas de seguridad e higiene en el trabajo a las que deberán ajustarse todas las actividades, así como las de terceros que realicen actividades en los establecimientos del empleador, de cuyo cumplimiento, éste (el empleador), será solidariamente responsable. Del mismo modo dicha ley establece la obligatoriedad de la contratación de un Servicio de Seguridad e Higiene Laboral. Por otro lado, existe otro conjunto de normas que está relacionada con el lugar de emplazamiento y actividades de la empresa: es la legislación nacional, provincial y municipal, y por lo tanto de cumplimiento obligatorio dentro de la jurisdicción correspondiente. Respecto de la Legislación Ambiental, esta es básicamente de carácter provincial, excepto lo dispuesto por la Constitución Nacional (arts. 41, 43, 124) y las leyes nacionales de Presupuestos Mínimos 25670, 25612, 25675, 25688. Respecto de la legislación de la Provincia de Buenos Aires, las leyes 11459, 11720 y 5965 constituyen una trilogía básica, a las que se suma una amplia normativa complementaria, también por supuesto, todas de cumplimiento obligatorio. El cumplimiento de esta legislación genera una importante cantidad de documentación, parte de la cual debe ser mantenida en forma interna de la empresa y otra parte se inscribe dentro de un esquema de presentación ante diversos organismos de control. Tanto las constancias de presentación como la existencia de documentación y registros, constituyen una prueba del cumplimiento de la legislación vigente por parte de la empresa.
 
* Porque existe una RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL

El incumplimiento de la legislación vigente, tanto en las áreas de Seguridad e Higiene como en Medio Ambiente, asume responsabilidad en las áreas civil y penal por parte del empleador y en el caso de una persona jurídica, la misma se extiende
 

Puedes escribirme a mi dirección de E-MAIL: Osvaldo. Mendez@arnet.com.ar


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